Reglamento electoral vecinal 2018



DISPOSICIONES Y REGLAMENTO QUE REGIRÁN EL
PROCESO ELECTORAL 2018 DE LA
URBANIZACIÓN ELVALLE

ASOVALLE


ARTÍCULO 13: Los propietarios o inquilinos cancelaran dicha “CUOTA DE FUNCIONAMIENTO”, los cinco (05) primeros días de cada mes, cuya solvencia le otorga a los propietarios o inquilinos el derecho al voto en la Asamblea, sin perjuicio Para los propietarios o inquilinos insolventes a que
puedan ejercer el derecho a opinar, solicitar y aportar soluciones en lo relacionado a las mejoras de la Urbanización. Los Propietarios solventes que por causas ajenas a su voluntad, no pudieran asistir a las Asambleas, podrán a través de una autorización escrita, hacerse representar por otro propietario
solvente.



ARTÍCULO 15: El pago de la cuota mensual establecida es obligatorio de conformidad con el Artículo 10, Numeral 2 del Documento Constitutivo de la Asociación de Vecinos de la Urbanización El Valle, concediendo a los propietarios o inquilinos hasta con dos (02) cuotas de funcionamiento vencidas, el derecho a votar en Asamblea de Propietarios y no se considerará la figura de exoneración. La deuda es acumulativa y para cualquier transacción, antes los organismos correspondientes se requerirán la solvencia. La deuda generará gastos de cobranza, que se sumaran al saldo deudor por concepto de cuota mensual de gastos de funcionamiento, dichos gastos de cobranza no excederán el 1% del monto total de la deuda.



ARTÍCULO 18: El propietario o inquilino de la Urbanización El Valle que incumpla con el pago mensual señalado en el Artículo 12 de este Reglamento, en detrimento del bienestar común, deberá acatar las siguientes sanciones:



c) El propietario o inquilino que incurra en faltas graves, en perjuicio de la Comunidad de la Urbanización El Valle, de conformidad al archivo de Amonestaciones, recibirá un VOTO DE CENSURA, y perderá el derecho a Participar en la JUNTA DIRECTIVA de la Asociación de Vecinos de la Urbanización EL VALLE, perdiendo igualmente, el derecho a ser Delegado de Cuadra.
h) Los propietarios o inquilinos que no estén solventes con el pago de sus CUOTAS DE FUNCIONAMIENTO, perderán su derecho al voto en la Asamblea,en las elecciones de Órgano Directivo Colegiado, en la modificación de los Estatutos, y en cualquier otra decisión de importancia para nuestra comunidad.



ARTÍCULO 22: La Asociación de Vecinos de la Urbanización El Valle, estará dirigida y administrada por un Órgano Directivo colegiado, siendo su estructura horizontal



ARTÍCULO 23: Son funciones del equipo coordinador: Asumir la Representación Legal de la Asociación de Vecinos de la Urbanización El Valle, convocar y presidir las Asambleas de Miembros, Rendir Cuentas y presentar informes financieros, difundir y comunicar las actividades y programas a realizar o ya ejecutados, nombrar y coordinarlas comisiones de trabajo transitorias, celebrar contratos y ejecutar los actos de administración y disposición que sean necesarios para cumplir los fines de la Asociación, difundir y ejecutar las decisiones de la Asamblea, llevar al día los libros y Cuentas de la Asociación. Vigilar y controlar el patrimonio de la Asociación, cumplir y hacer cumplir las  disposiciones legales o reglamentarias vinculadas a la participación de la comunidad y las disposiciones del Acta Constitutiva, los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación, las decisiones de la Asamblea y sus propias decisiones. Abrir, movilizar o cerrar cuentas bancarias de la Asociación de Vecinos y en definitiva, las demás que señale el Documento Constitutivo de la Asociación de Vecinos de la Urbanización El Valle y las contenidas en las normas legales.




La comision electoral.

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